Pero piense el Gobierno que si España se le va de entre las manos, no podrá escudarse tras de una excusable negligencia. Cuando la negligencia llega a ciertos límites y compromete ciertas cosas sagradas, ya se llama traición.

José Antonio Primo de Rivera.
(F.E., núm. 15, 19 de julio de 1934)

lunes, 21 de febrero de 2011

SOBRE LA EQUIVOCACION GARZONIANA.

Que -en entrevista de RNE citada por El Imparcial- "reconoce que pudo equivocarse pero que no cometió prevaricación".
Se equivoca don Baltasar, evidentemente, y hace bien en reconocerlo. Porque el delito de prevaricación está muy claramente definido -al menos en el diccionario, no se si en las leyes-, y se trata lisa y llanamente del delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario.
Y, ¿quien mejor que usted, señor Garzón, para saber que lo que pretendía enjuiciar sobre el franquismo estaba cubierto por la Ley de Amnistía, si usted mismo adujo esa razón para no encausar a Santiago Carrillo?
Se equivoca don Baltasar, en efecto, y hace bien en reconocerlo. Se equivoca al no saber -pese a su profesión- en qué consiste el delito de prevaricación, sumamente claro al ignorar una disposición previa y, además, suya.
Por otra parte, acaso también ande errado -sin hache, aunque vaya usted a saber-, en la interpretación del delito de cohecho -delito consistente en sobornar a un juez o a un funcionario en el ejercicio de sus funciones, o en la aceptación del soborno por parte de aquellos-, a cuyos efectos le diría que eso de archivar querellas de quienes le han patrocinado sus actividades privadas cae dentro de la figura delictiva.
Y no se vuelva a equivocar, señor Garzón, que aunque no pueda demostrarse, eso está muy feo. ¿Recuerda aquello de la mujer de César?.
Pues usted no lo parece.

SOBRE LA ECUANIMIDAD DE LA LEGALIDAD VIGENTE.

Una vez más, como me ha llegado lo transcribo. Sin más palabras, que maldita la falta que hacen.

EL HUMO DE LAS BOMBAS
Una pequeña muestra tomada al azar:
-
30 de marzo de 2006: El juez ordena cárcel para Otegui eludible bajo fianza.
IMPORTE DE LA FIANZA: 250.000 euros.
28 de agosto de 2009: La etarra Aranalde queda en libertad tras pagar la fianza.
IMPORTE DE LA FIANZA: 12.000 euros.
1 de septiembre de 2009: El juez de la Audiencia Nacional deja en libertad bajo fianza a cada una de las ex parlamentarias del EHAK.
IMPORTE DE LA FIANZA: 60.000 euros.
15 de abril 2010: La Audiencia Nacional deja en libertad bajo fianza a diez miembros de Batasuna, ANV y PCTV.
IMPORTE DE LA FIANZA: 50.000 euros.
21 de julio de 2010: La Audiencia deja en libertad bajo fianza a tres presuntos dirigentes de Segi.
IMPORTE DE LA FIANZA: 18.000 euros.
7 de septiembre de 2010: Fianza para el presunto etarra detenido en Bélgica por llevar explosivo a Portugal.
IMPORTE DE LA FIANZA: 30.000 euros.
2 de noviembre de 2010: La Audiencia deja en libertad bajo fianza a un presunto dirigente de Segi.
IMPORTE DE LA FIANZA: 18.000 euros.
2 de diciembre de 2010: La Audiencia Nacional deja en libertad bajo fianza a los tres abogados acusados de ser enlaces de ETA.
IMPORTE DE LA FIANZA: 60.000 euros.
23 de diciembre de 2010: Libertad bajo fianza para dos presuntos miembros de Askapena y una militante de SEGI.
IMPORTE DE LA FIANZA: 60.000 euros.
17 de enero de 2011: Un hostelero de El Álamo permite a los clientes fumar en el establecimiento.
IMPORTE DE LA MULTA: 600.000 euros.
-
Moraleja: Si en lugar de tomarse unos cafés con sus parroquianos mientras se fuman un cigarrito, el hostelero regentara una herrikotaberna y se dedicara, junto con sus parroquianos, a preparar atentados terroristas, la jugada le saldría mucho más barata.
Debe de ser que el humo de las bombas es menos dañino para la salud...

Publicidad: