Pero piense el Gobierno que si España se le va de entre las manos, no podrá escudarse tras de una excusable negligencia. Cuando la negligencia llega a ciertos límites y compromete ciertas cosas sagradas, ya se llama traición.

José Antonio Primo de Rivera.
(F.E., núm. 15, 19 de julio de 1934)

miércoles, 24 de junio de 2015

SOBRE EL NEPOTISMO CARMENERO.


Nepotismo -según la RAE- es la desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las concesiones o empleos públicos. 

Por lo tanto, parece evidente que si doña Manuela Carmena, alcalda -no discriminemos por género llamándola alcaldesa- de Madrid, ha contratado a don Luis Cueto -su sobrino político- como jefe de Gabinete, saltándose el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento, que prohíbe la contratación como cargo eventual de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad -vean La Gaceta-, los que la critican por ello tendrán razón.

Sin embargo, desde el Ayuntamiento madrileño defienden el nombramiento aduciendo que don Luis Cueto es funcionario de carrera, y su designación es de personal directivo no eventual.

La cosa merece cierto estudio, porque a fuer de falangista puedo atenerme a la realidad sin caer en la conducta habitual de los politicastros de carril, que denigran al contrario aunque tenga razón, y alaban al propio aunque sea un cabestro. Como falangista, digo, puedo atenerme a los hechos y analizarlos sin más limitación que mi natural capacidad. Capacidad que -a qué negarlo, si ustedes no me iban a creer- supera en bastante a la de los plumillas serviles. 

Por lo tanto, habría que ver que tipo de relación laboral une al señor Cueto con el Ayuntamiento. Una cosa es si el sobrino de la señora Carmena ha sido contratado en unas condiciones distintas a las que corresponde a un funcionario de su rango -grupo A1, nivel 30 máximo- o con unos complementos desusados para ese rango; o si la vinculación no es funcionarial, sino por contrato laboral; y en este último caso, si se sujeta al Convenio correspondiente, o se ha firmado fuera de Convenio.

Comprendo que este galimatías es un lío, pero tiene mucha importancia. Porque si el señor Cueto ha sido nombrado, como funcionario, para un cargo de libre designación, todo es conforme a la Ley y no hay nada que criticar. O -caso de haberlo- la crítica sería hacia quien hizo la Ley vigente, no hacia quien se limita a aplicarla, que es algo que también lleva haciendo libérrimamente el PP durante toda esta legislatura en la Administración General del Estado.

Pero si el señor Cueto no ocupa plaza de funcionario, y ha sido vinculado con un contrato laboral, si se habría incurrido en una ilegalidad -porque está claro que no ha habido tiempo de tramitar la correspondiente oferta de la plaza, con la requerida publicidad y la concurrencia de candidatos- y, por supuesto, en un claro nepotismo.

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