Decía Público, en titular, que "PP y PSOE indultan a sus condenados". Y subtitulaba: "Los dos partidos no ven motivo para que dimitan sus dirigentes afectados por sentencias judiciales"
Y ejemplificaban con las recientes sentencias hacia Ignacio Uriarte, diputado del PP condenado por conducir en estado de embriaguez, y de Trinidad Rollán, condenada por prevaricación a ocho años de inhabilitación para cargo público.
Y a mi no es que el señor Uriarte me caiga bien; pero, en primer lugar, su sentencia no conlleva la pena accesoria de inhabilitación para cargo público; y en segundo, su delito es particular y ajeno a la condición de político o de diputado.
En cambio, el delito de la señora Rollán es claramente de índole pública, intimamente relacionado con el desempeño de cargo -únicamente pueden prevaricar los funcionarios o autoridades, nunca un particular-, lo que hace que este caso sea muy diferente.
En otras palabras: el señor Uriarte ha delinquido en su vida particular, y la señora Rollán lo ha hecho desde su cargo público. Independientemente de las consecuencias de sus actos -don Ignacio podría haber matado a alguien en su ebriedad, y doña Trinidad dicen que no ha obtenido ningún beneficio de su delito-, el hecho es que la señora Rollán ha vulnerado la Ley, a sabiendas, en asuntos que afectan a los ciudadanos de su municipio.
Y ambas cosas, se pongan como se pongan los socialistas, no son lo mismo.
Y ejemplificaban con las recientes sentencias hacia Ignacio Uriarte, diputado del PP condenado por conducir en estado de embriaguez, y de Trinidad Rollán, condenada por prevaricación a ocho años de inhabilitación para cargo público.
Y a mi no es que el señor Uriarte me caiga bien; pero, en primer lugar, su sentencia no conlleva la pena accesoria de inhabilitación para cargo público; y en segundo, su delito es particular y ajeno a la condición de político o de diputado.
En cambio, el delito de la señora Rollán es claramente de índole pública, intimamente relacionado con el desempeño de cargo -únicamente pueden prevaricar los funcionarios o autoridades, nunca un particular-, lo que hace que este caso sea muy diferente.
En otras palabras: el señor Uriarte ha delinquido en su vida particular, y la señora Rollán lo ha hecho desde su cargo público. Independientemente de las consecuencias de sus actos -don Ignacio podría haber matado a alguien en su ebriedad, y doña Trinidad dicen que no ha obtenido ningún beneficio de su delito-, el hecho es que la señora Rollán ha vulnerado la Ley, a sabiendas, en asuntos que afectan a los ciudadanos de su municipio.
Y ambas cosas, se pongan como se pongan los socialistas, no son lo mismo.
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